Alquiler turístico e IVA: normativa europea y riesgos fiscales para patrimoniales

La polémica viene servida desde hace tiempo con los alquileres de uso turístico. Y es que no son pocas las quejas de las cadenas hoteleras y los servicios de hostelería.

¿Queda claramente definido cuando es un servicio puramente de alquiler? ¿Cuándo se sobrepasa esa línea? ¿Se realiza un servicio hotelero encubierto? ¿Supone todo ello una competencia desleal en el sector?

 

¿Alquiler turístico o servicio hotelero? La clave fiscal que genera polémica

El Ministerio de Hacienda ha admitido, al menos, que existe una distorsión de la competencia, y cuando hacienda avisa… Así que su deber es al menos comprobar estas cuestiones que se plantean de forma cotidiana.

Para llevar a cabo esta labor de “inspección” se va a trasponer la normativa europea del IVA, del 11 de marzo de 2025. La normativa europea sobre alquileres de corta duración ha experimentado cambios significativos para aumentar la transparencia, luchar contra el fraude fiscal y ordenar el mercado turístico.

El Gobierno recoge el testigo y desarrollará la normativa concreta que obligará a las plataformas digitales presuntamente para 2027, aunque la normativa europea no será obligatoria hasta enero de 2028.

 

Nueva normativa europea del IVA: impacto en Airbnb, Booking y empresas patrimoniales

Serán entonces las plataformas digitales, Airbnb, Booking las encargadas de recaudar el IVA de los servicios prestados y abonarlos a la administración tributaria. Esta normativa también será aplicable a los servicios VTC que a diferencia del taxi, en ocasiones no abonan el impuesto correspondiente.

En este contexto, si eres administrador de una empresa patrimonial y utilizas plataformas digitales para ofrecer el servicio de alquiler turístico tienes una gran oportunidad para poner en orden con anticipación a la entrada de la ley que se está desarrollando. Delimitar bien, si se ofrece o no un servicio asimilado al del sector hotelero será crucial para que no haya problemas con la administración tributaria.

Escrito por Marco Alcocer, Asesor Fiscal en Ponter

 

Que no te lo cuenten.

Sé el primero en estar el día de toda la actualidad legal, fiscal y laboral para ti y tu empresa. ¡Suscríbete ahora!