Cadena Ser | ¿En qué casos se puede recurrir una multa de tráfico?
Abel Rodríguez, especialista en Derecho Bancario, Derecho Civil y Derecho Procesal de Ponter Abogados explica en el programa de Cadena Ser La Ventana de Castilla-La Mancha los casos en los que se puede recurrir una multa de tráfico.
Esta cuestión parte de la devolución del importe de una multa a un vecino de Valdepeñas (Ciudad Real). El conductor fue sancionado en un primer momento por una presunta infracción en la citada localidad. Tras abonar los 40 euros de la multa en la opción reducida (el total era de 80 euros), la recurrió al alegar que no había estado en ese lugar el día indicado. Finalmente, tras aportar la documentación necesaria, la Administración subsanó el error y le devolvió el importe pagado.
Rodríguez asegura que los recursos en estos casos son sencillos y que los ayuntamientos no suelen cobrar la sanción o devolver el importe pagado. Además, añade que, si aun siendo inocentes no se ha subsanado el error, se puede recurrir en los tribunales por vía contencioso-administrativa.
Multas que se pueden recurrir
«Hay defectos que no son subsanables por la Administración, como no especificar la matrícula o el tipo de vehículo, no detallar los hechos cometidos o no relacionarlos con el prefecto que se ha infringido. Si los recurrimos, por norma general, solemos ganar el recurso«, explica Rodríguez.
En los anteriores casos sí es habitual ganar el recurso. No obstante, hay otros en los que es más difícil porque los errores son subsanables. Estos incluyen un error en la matrícula o en la fecha de infracción. “En el momento en el que se dé cuenta del error, la Administración va a notificar otra vez la multa con el defecto corregido, siempre y cuando lleve razón”, añade el abogado. Pasaría lo mismo en casos de faltas de ortografía, ya que al recurrir lo usual es que el ente público envíe de nuevo la sanción modificada.