Huelga general del 15 de octubre: claves para empresas y trabajadores
El próximo 15 de octubre, los sindicatos CC.OO. y UGT han convocado una huelga general que afectará a todos los sectores de actividad en España, incluyendo la Administración Pública. Aunque se trata de una huelga de carácter parcial, es importante que tanto empresas como trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones para actuar correctamente durante esa jornada.
¿Cómo será la huelga?
La convocatoria establece un paro de dos horas por turno de trabajo, distribuidas de la siguiente manera:
- Turno de mañana o jornada partida: de 10:00 a 12:00h.
- Turno de tarde: de 17:00 a 19:00h.
- Turno de noche: de 02:00 a 04:00h.
La huelga tendrá alcance nacional y afectará a todas las empresas y centros de trabajo, públicos y privados. En los servicios considerados esenciales o de interés público, la autoridad competente fijará los servicios mínimos necesarios para garantizar la atención a la ciudadanía.
Derechos y obligaciones de los trabajadores
El derecho a la huelga está reconocido en la Constitución Española y regulado por el Estatuto de los Trabajadores (art. 45.1.l). Durante la huelga se suspende temporalmente el contrato de trabajo, lo que implica:
- Mientras dure la huelga, los trabajadores pueden ejercer su derecho a ella; y las empresas quedarán exentas de abonar el salario durante dicho periodo.
- El puesto de trabajo queda reservado, sin que el ejercicio del derecho pueda ser motivo de sanción o despido.
- No es necesario avisar previamente a la empresa sobre la intención de participar; bastará con la ausencia o falta de actividad durante las horas convocadas.
No obstante, los trabajadores deben respetar el derecho al trabajo de quienes decidan no secundar la huelga. Cualquier conducta que impida el acceso o el normal funcionamiento del centro de trabajo podría constituir una infracción o incluso un delito de coacciones (art. 172 del Código Penal).
Salario, cotización y vacaciones
Durante el tiempo de huelga, el trabajador se encuentra en una situación de alta especial en la Seguridad Social, según el artículo 166.7 del TRLGSS. Esto conlleva varios efectos importantes:
- Suspensión de la obligación de cotizar, tanto para el trabajador como para la empresa.
- Descuento salarial proporcional al tiempo no trabajado, incluyendo salario base, complementos, parte proporcional de pagas extraordinarias y retribución de descansos.
- Sin derecho a prestaciones por incapacidad temporal durante ese periodo.
- Ningún impacto en las vacaciones, ni en su duración ni en su retribución.
La empresa debe comunicar la situación de huelga a la Seguridad Social a través del Sistema RED, registrando los datos del trabajador, la fecha de inicio, tipo de inactividad (en huelga parcial, código 3) y el porcentaje de jornada afectada.
Obligaciones y responsabilidades de las empresas durante la huelga
El papel de cualquier empresa durante una huelga se centra en garantizar los derechos de los trabajadores y mantener la seguridad. Algunos puntos clave:
- Prohibición de sustitución: no se puede reemplazar a trabajadores en huelga mediante contrataciones temporales o subcontratas, salvo para cubrir servicios mínimos.
- Cierre patronal: solo es posible en casos excepcionales de violencia, ocupación o riesgo grave para personas o bienes. Debe comunicarse a la Autoridad Laboral en un plazo máximo de 12 horas.
- Seguridad y mantenimiento: la empresa puede designar, junto con los representantes de los trabajadores, a las personas encargadas de garantizar el mantenimiento y la seguridad durante la huelga. Si no hay acuerdo, la designación podrá realizarla directamente la empresa, dejando constancia documental de ello.
Modalidad híbrida y teletrabajo
El derecho de huelga también se aplica a quienes realizan su actividad en remoto o en modalidad híbrida. Si un trabajador decide secundar la huelga se considerará tiempo de huelga la ausencia de conexión o actividad durante las horas convocadas.
Para ello, la empresa puede verificar la conexión o registros de actividad para comprobar la participación. En caso de no haber registro de trabajo y no existir justificación, se aplicará el descuento salarial correspondiente.
Conclusiones
La próxima huelga general del 15 de octubre será una jornada de paro parcial de dos horas por turno que afectará a todos los sectores. Para las empresas, es fundamental gestionar la jornada con previsión, respeto y rigor legal. Para los trabajadores, supone el ejercicio de un derecho constitucional, con sus efectos económicos y de cotización claramente delimitados.
Tanto empresas como empleados deben recordar que el objetivo de la huelga es un medio legítimo de expresión colectiva, no un conflicto individual, y su correcta gestión evita tensiones y sanciones innecesarias.
Desde el Área Laboral de Ponter, recomendamos revisar internamente las medidas organizativas necesarias para esta jornada y, ante cualquier duda, ponerse en contacto con nuestro equipo jurídico o con tu asesor laboral habitual.
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