Calendario del contribuyente – Septiembre 2024

Poco a poco volvemos a la rutina y las vacaciones, finalizan. Y no sólo volvemos al trabajo, también “vuelven a la carga” las declaraciones de impuestos, aunque de forma suave

A continuación, te indicamos las fechas claves para este mes de septiembre y sus impuestos a presentar. 

Fechas clave

Hasta el 12 de septiembre

INTRASTAT

Como es habitual, habrá que declarar este impuesto: el INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario respecto al mes anterior: agosto 2024. Será obligatorio, suministrar información estadística. 

Hasta el 20 de septiembre

Renta y Sociedades

De nuevo, como en agosto, repetimos impuesto, siendo éste el más importante durante el mes de septiembre.

¿Qué incluye el Impuesto de Renta y Sociedades? Desde retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, hasta rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Este mes, será necesario declarar los siguientes modelos sobre agosto (siempre que se trate grandes empresas): 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230. 

IVA

Será de carácter obligatorio, presentar el modelo 349 respecto a la actividad de julio y agosto, sobre la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

Impuesto sobre la Prima de Seguros

Sobre la actividad de julio y agosto, a través del modelo 430. 

Impuesto especial de Fabricación

Respecto a este impuesto, contamos con varios modelos distintos en función del periodo de actividad y el tamaño de la empresas: 

  • Junio 2024. Grandes empresas: modelos 561, 562 y 563.
  • Agosto 2024: 548, 566 y 581.
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: modelo 510.

Impuesto especial sobre Electricidad

Se deberá presentar respecto al periodo de agosto, a través del modelo 560. Además, sólo será necesario para grandes empresas. 

Impuesto medioambientales

Será necesario hacerlo respecto a dos tipos de impuestos, con su periodo correspondiente: 

  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación, modelo 592 (sobre el mes de agosto). 
  • Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Segundo pago fraccionado, modelo 583 (respecto al año 2024). 

Impuesto sobre las Transacciones Financieras

Simplemente se declarará el modelo 604 con respecto a la actividad de agosto.

Gravamen temporal energético

Declaración del ingreso de la prestación en relación a 2024 a través del modelo 795.

Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito

Declaración del ingreso de la prestación en relación a 2024 a través del modelo 797.

 

Hasta el 30 de septiembre

IVA

Los modelos mensuales, son:

Modelo 303 para autoliquidaciones mensuales.
Modelo 322. Grupos de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual.
Modelo 353. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
Modelo 380. Operaciones asimiladas a las importaciones.

Todos ellos respecto a la actividad de agosto.

Impuestos medioambientales

Se trata del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Será obligatorio presentar contabilidad y libro registro de existencias con respecto a la actividad de julio y agosto.

 

Conclusiones

Este mes será clave estar al tanto del Impuesto de Renta y Sociedades, junto con las obligaciones de IVA, ya que son los impuestos más relevantes del mes. Aunque no podremos olvidarnos de los impuestos medioambientales, especiales y gravámenes temporales, que afectan sobre todo a las grandes empresas.

 

Escrito por Luis Tomás Romo Casas, CEO, economista y tax consultant en Ponter Abogados

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