Incentivos fiscales para pequeñas empresas
En el actual contexto económico, donde las pequeñas y medianas empresas representan el motor fundamental de la economía española, el sistema tributario ha desarrollado una serie de beneficios fiscales específicamente diseñados para apoyar su crecimiento y sostenibilidad. Estos incentivos, dirigidos a las denominadas «empresas de reducida dimensión», buscan aliviar la carga fiscal y fomentar la inversión y el empleo en este segmento empresarial tan crucial para nuestro tejido productivo.
¿Cuándo una empresa se considera que es de reducida dimensión?
Tal y como indica el artículo 101 de la ley de sociedades de capital se consideran empresas de reducida dimensión aquellas que el importe neto de la cifra de negocios será inferior a 10 millones de euros.
¿Qué incentivos fiscales pueden aplicar las empresas de reducida dimensión?
Los incentivos fiscales que puede aplicar una sociedad de reducida dimensión son los siguientes:
Reserva de nivelación de bases imponibles
Las empresas de reducida dimensión podrán minorar el 10% del resultado antes de impuestos respecto a las bases imponibles negativas que se vayan a generar en los 5 años siguientes, anticipando en el tiempo la aplicación de las futuras bases imponibles negativas. Si en los cinco años posteriores a la aplicación de la reserva de nivelación no se produjeses bases imponibles negativas, habría que revertir la reserva de nivelación aplicada en su momento.
Dicha minoración nunca podrá superar el millón de euros.
El contribuyente debe dotar una reserva indisponible por el importe de la minoración hasta el período impositivo que se produzca la compensación total del importe de la reserva con las bases imponibles negativas.
Ejemplo 1. Si en el ejercicio 20X0 obtiene un resultado antes de impuestos de 100.000€. En este ejercicio puede aplicar una reserva de nivelación de 10.000€ (10% de 100.000€). Si hasta el año 20X5, en ningún período obtiene bases imponibles negativas, en el año 20X5, deberá adicionar al resultado antes de impuestos el importe de la reserva de nivelación.
Ejemplo 2. El mismo caso anterior, en el ejercicio 20X3, obtiene 15.000€ de pérdidas, compensará la reserva de nivelación aplicada en el año 20X0 y solo le quedarán como bases imponibles negativas pendientes de compensar en el año 20X3 5.000€ (Base imponible 20X3 = 15.000€ – 10.000 reserva nivelación año 20X0).
Ejemplo 3. El mismo caso anterior, en los ejercicios 20X1, 20X2, 20X3, 20X4 ha obtenido resultados positivos y en el ejercicio 20X5, obtiene 8.000€ de pérdidas. En el ejercicio 20X5 compensará la reserva de nivelación aplicada en el año 20X0 por importe de 8.000€ y el importe restante, los 2.000€ deberá tributar por ellos en el año 20X5 al tipo impositivo correspondiente.
Pérdidas por deterioro de créditos por posibles insolvencias de clientes
Las sociedades podrán dotar hasta un 1% del saldo de los deudores existentes a la finalización del periodo impositivo. A estos efectos, no se incluirán como deudores, aquellos sobre los que se hubiese reconocido ya una pérdida por deterioro por insolvencias.
Ejemplo 1. A 31 de diciembre la sociedad X tiene un saldo de clientes y deudores de 20.000€. Podrá dotar unas pérdidas por deterioro de créditos por insolvencias por 200€.
Ejemplo 2. A 31 de diciembre la sociedad X tiene un saldo de clientes y deudores de 40.000€. De este saldo 10.000€ corresponden a clientes de dudoso cobro de los que ya se ha dotado esa posible insolvencia. Por lo que podrán dotar unas pérdidas por deterioro de créditos por insolvencias por 300€ (40.000€ menos 10.000€ clientes de dudoso cobro).
Libertad de amortización
Los elementos nuevos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias pueden ser amortizados libremente siempre y cuando durante los 24 meses siguientes la plantilla media total de la empresa se incremente respecto a la plantilla media de los 12 meses anteriores y dicho incremento se mantenga durante un periodo adicional de 24 meses. La cuantía de la inversión que podrá beneficiarse del régimen de libertad de amortización será la que resulte de multiplicar la cifra de 120.000 euros por el referido incremento calculado con dos decimales. Para el cálculo de la plantilla media total de la empresa y de su incremento se tomarán las personas empleadas, en los términos que disponga la legislación laboral, teniendo en cuenta la jornada contratada en relación a la jornada completa.
Mantenimiento de beneficios fiscales
Es importante destacar que una empresa puede seguir aplicando estos incentivos durante los 3 períodos impositivos siguientes a aquel en que supere el límite de 10 millones de euros de cifra de negocios, siempre que haya cumplido las condiciones para ser considerada de reducida dimensión tanto en el período en que supere el límite como en los dos anteriores.
Compatibilidad con otros beneficios fiscales
Los incentivos mencionados son generalmente compatibles con otras deducciones y beneficios fiscales previstos en la normativa del Impuesto sobre Sociedades, lo que permite optimizar la carga fiscal de forma significativa.
Exclusiones importantes
No podrán aplicar estos incentivos las entidades que tengan la consideración de entidades patrimoniales, es decir, aquellas en las que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afecto a una actividad económica. Aspectos prácticos a considerar:
- La cifra de negocios se calculará teniendo en cuenta el año anterior completo.
- En caso de grupos empresariales, el límite de 10 millones se aplica al conjunto de empresas.
- Es fundamental mantener la documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos.
- Se recomienda realizar una planificación fiscal adecuada para maximizar estos beneficios.
Conclusiones
Los incentivos fiscales para empresas de reducida dimensión constituyen una herramienta fundamental para la optimización fiscal de las pymes españolas. Su correcta aplicación no solo permite reducir la carga tributaria, sino que también fomenta la inversión en activos productivos y la creación de empleo. Es esencial que las empresas que cumplan los requisitos aprovechen estas ventajas fiscales, siempre con el adecuado asesoramiento profesional para garantizar su correcta aplicación y maximizar sus beneficios. En un entorno económico cada vez más competitivo, estos incentivos pueden marcar la diferencia entre el estancamiento y el crecimiento empresarial.
Escrito por Ainhoa Muñoz López, asesora fiscal en Ponter
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