Un trabajador comunica su baja voluntaria con dos semanas de antelación. Horas después, se arrepiente y lo comunica por escrito. ¿Está la empresa obligada a aceptar esa reconsideración? ¿O puede proceder a tramitar la baja igualmente? La respuesta tiene importantes consecuencias jurídicas para ambas partes, y el Tribunal Supremo acaba de pronunciarse con claridad en su Sentencia 535/2026, de 10 de junio de 2026.
Los hechos: una baja voluntaria y una retractación el mismo día
El caso analizado por el Tribunal Supremo parte de una situación concreta. El 3 de julio de 2023, un trabajador comunicó por correo electrónico su dimisión con efectos del 18 de julio. Horas más tarde, ambas partes firmaron formalmente el documento de baja voluntaria con esa misma fecha de efectos. Esa misma tarde, el empleado envió un nuevo correo retractándose de su decisión.
Llegada la fecha del 18 de julio, la empresa tramitó la baja en la Seguridad Social y notificó además un despido disciplinario cautelar por ausencias injustificadas. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid calificó esa actuación como despido improcedente, y el Tribunal Supremo ha confirmado esa sentencia.
La doctrina del Tribunal Supremo: el derecho a reconsiderar la dimisión
El Tribunal Supremo valida su doctrina consolidada, establecida originalmente en la STS de 28 de octubre de 2014, que reconoce al trabajador la facultad de retractarse de una dimisión preavisada mientras la relación laboral siga vigente:
“El trabajador —al igual que el empresario cuando preavisa un despido— tiene derecho a reconsiderar su decisión, siempre que lo haga antes de la fecha en que la misma debía producir su normal efecto extintivo.”
Esta facultad de reconsideración tiene un límite claro: que el cambio de voluntad no cause un perjuicio injustificado a la empresa. En el caso analizado, la retractación se produjo apenas unas horas después de la comunicación inicial, lo que impidió que la empresa iniciara un proceso de selección o reestructuración que pudiera verse afectado. No existió perjuicio real, por lo que la retractación fue válida.
¿Qué significa esto en la práctica?
Para las empresas, esta sentencia impone una obligación clara: si un trabajador se retracta de su baja voluntaria antes de que expire el período de preaviso y sin generar un perjuicio real a la organización, la empresa está obligada a aceptar esa reconsideración. Ignorarla y tramitar igualmente la baja equivale a un despido improcedente, con las consecuencias económicas que ello conlleva.
Para los trabajadores, la sentencia refuerza la protección ante decisiones extintivas impulsivas o tomadas bajo presión: la firma de un documento de baja voluntaria con efectos diferidos no bloquea de forma irreversible la relación laboral si la retractación se comunica a tiempo y sin perjuicio para la empresa.
Si tu empresa se ha encontrado ante una situación similar o quieres conocer cómo actuar correctamente ante una baja voluntaria con preaviso, en Ponter contamos con un equipo especializado en derecho laboral empresarial que puede orientarte antes de que tomes cualquier decisión.
Escrito por Carmen Jiménez, Abogada en Ponter





