PYMES Y Autónomos, a la espera del Sistema de Facturas Verificables
En la actualidad, estamos a la espera del Real Decreto que aprobará el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos que soporten los procesos de facturación. El proyecto de Real Decreto terminó su fase de información pública el pasado 14 de marzo de 2022. Este proyecto contenía importantísimas novedades alcanzando nuevas obligaciones y opciones para el contribuyente, mucho más allá de los sistemas y programas informáticos, como eran la posibilidad de facturar por el empresario o profesional a través de una herramienta facilitada por la Administración en lugar de hacerlo con un programa externo que reuniese los requisitos establecidos; la creación del denominado sistema de facturas verificables mediante el cual el empresario o profesional de forma voluntaria puede optar por remitir los datos de su facturación a la Administración, una opción que implica el mantenimiento de esta obligación al menos durante el año natural; o la posibilidad por parte del receptor de la factura de remitir la información de la misma a la Administración mediante un código QR.
Desde Ponter, nuestro Manager del Área Fiscal Basilio Sáez, quiso colaborar en la fase de información pública de este Reglamento remitiendo una serie de propuestas al Ministerio de Hacienda. Entre esas propuestas se encontraba, por ejemplo, una mayor flexibilidad para el contribuyente a la hora de optar por el sistema de facturas verificables, ya que la redacción contenida en el proyecto implicaba estar en el ámbito de aplicación del sistema por el simple hecho de realizar un envío. Entendemos que en un sistema tan novedoso como éste para los autónomos y PYMES se debería permitir un plazo de desistimiento, además de ejercitar la opción mediante declaración censal.
Por otro lado, teniendo en cuenta la remisión de información constante que supondría este sistema a la Agencia Tributaria, Basilio ha invitado a realizar una modificación en el artículo 33 del RD 1065/2007 para que la PYME o el autónomo que opte por el sistema previsto quede exonerado de informar sus ventas en el modelo 347. Igualmente, haciendo uso de la remisión por parte del receptor de la factura del código QR, hemos invitado a ser más ambiciosos y a establecer el envío de este código como un sistema opcional más, que permitiese exonerar a las PYMES y autónomos que se acojan al mismo, de la obligación de presentar el modelo 347 y modelo 390.
Por el momento, sabemos que la fase de información pública terminó el pasado 14 de marzo de 2022 y esperamos que propuestas como las realizadas por Basilio Sáez sean tenidas en cuenta en la norma final o en modificaciones posteriores, ya que supondrían, por un lado, una menor carga de obligaciones formales para el contribuyente y, por otro lado, las mismas también constituyen un incentivo para que los empresarios y profesionales opten por estos sistemas de remisión de información.
Basilio Sáez
Manager del Área Fiscal de PONTER
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