TJUE da la razón a los consumidores en materia de cláusulas de gastos y comisiones de apertura
El medio Economist & Jurist publica el artículo de nuestra compañera Irene López, abogada del despacho, en el que analiza el reciente fallo del TJUE a favor de los consumidores sobre las cláusulas de gastos y comisiones de apertura.
«En relación a los gastos hipotecarios, si bien el Tribunal Supremo viene reconociendo el carácter abusivo y nulo de las cláusulas que imponían la asunción de los mismos en su totalidad a los consumidores, a la hora de llevar a cabo la restitución de los mismos acordó que los gastos de notaría y gestoría debían distribuirse por mitad entre la entidad financiera y los prestatarios; mientras que era el banco quien debía asumir el pago de la totalidad de los gastos registrales derivados de la escritura de préstamo hipotecario.»
«El TJUE se ha mostrado favorable a la aplicación del plazo de prescripción de cinco años en lo que respecta a la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas»
«Finalmente, el TJUE ha resuelto en relación a la atribución de los gastos procesales, o parte de los mismos, a los consumidores que tienen que acudir a los Tribunales para la obtención de la declaración de nulidad de las cláusulas abusivas que les han impuesto los bancos en sus préstamos hipotecarios; entendiendo que, tanto la Directiva 93/13 como el principio de efectividad, se oponen a la posibilidad de que, declarada la nulidad de la cláusula, la imposición de costas dependa de la mayor o menor cantidad que le sea devuelta al prestatario.»